sábado, 9 de julio de 2011

Mercadeo I

La Campaña Promocional


Es una serie coordinada de actividades promocionales que se organizan en torno a un tema y cuya finalidad es cumplir una meta específica en un periodo determinado. Es un ejercicio de la planeación estratégica. Al desarrollar una campaña, una empresa coordina la publicidad, la venta personal, la promoción de ventas, las relaciones públicas, y la publicidad no pagada para alcanzar su objetivo.

Fases de la  campaña publicitaria.

1.- Fase de investigación

          
La campaña comienza con la recogida y el análisis de la información proporcionada por el anunciante. Puede darla de palabra en la reunión de briefing (5.4.), pero es conveniente que lo haga por escrito. El ejecutivo pone en común la petición del cliente con el equipo inicial de personas que van a participar en la campaña.

           Si la información proporcionada no es suficiente para tomar las decisiones se pone en marcha un plan de investigación del que se encarga al departamento de investigación o a una empresa especializada. Lo que se persigue es partir de un buen conocimiento de la situación.

2.-Fase de creación del plan de publicidad

          
La investigación lleva al equipo a una serie de conclusiones sobre los factores que explican o influyen en la eficacia de la acción publicitaria del anunciante. A partir de ellas es preciso tomar decisiones y elaborar la estrategia. Las decisiones giran en torno a los objetivos de la campaña, el público al que vamos a dirigir el mensaje y el presupuesto necesario o disponible.

           La estrategia publicitaria se adapta a estos tres puntos. Implica las etapas de creatividad del mensaje, planificación de medios y producción. Con ellas la campaña puede lanzarse a través de los espacios contratados para que el público elegido pueda recibirlo.

3.-Fase de control y evaluación

         
Durante el periodo en que la campaña está en los medios es preciso verificar que las inserciones aparecen en las condiciones contratadas, tanto en número como en calidad. Esta tarea de control es compatible con la evaluación de la campaña que trata de estimar el efecto obtenido con ella sobre el público objetivo. 

         Este es el proceso completo de planificación publicitaria. Puede llevarlo a cabo íntegramente el anunciante, a través de una agencia de publicidad o contratando diferentes empresas especializadas para cada parte del proceso. Si el anunciante no tiene agencia o no tiene decidido con cuál trabajar, uno de los procedimientos más habituales, como ya vimos (4.8.), es el concurso, en el que varias agencias participan con su propuesta para ganar la cuenta. De este modo el anunciante elige agencia y campaña al mismo tiempo.

Campaña Publicitaria:
Briefing:
El punto de partida de la estrategia publicitaria es el Briefing, es decir, el documento que recoge la información necesaria que proporciona la empresa anunciante a la agencia de publicidad. Su objetivo principal es asegurar que la empresa y la agencia lleguen a una misma definición del problema. Para ello, la información debe analizarse.
En el Briefing encontramos: el análisis DAFO y los factores clave.
Análisis DAFO (Debilidades, Amenazas, Fortalezas, Oportunidades):      

Interno:
Donde se evalúan los puntos fuertes (fortalezas) y los puntos débiles (debilidades) de la empresa con respecto a su competencia. Reflejan determinadas características del producto, precio, distribución y comunicación.

Externo:
Donde se evalúan las oportunidades y las amenazas del mercado.

Factores clave:

Producto:
Describir el producto para tener un conocimiento más completo de él y se resalta un aspecto que nos permita diferenciarlo claramente de la competencia y que nos permita llevar a cabo una elaboración adecuada de la estrategia.

Mercado y competencia:
Conocer la situación del producto en el mercado y analizar las marcas que son competencia del producto, indicando características diferenciadoras y analizando las acciones publicitarias de estas marcas.

Consumidores y Target Group:
Conocer las características que definen a los consumidores actuales del producto o los que podrían llegar a serlo y determinar el Target Group, es decir, el grupo de personas al que va dirigido el anuncio.

Objetivos de Marketing:
Poseer la información acerca de los objetivos que la empresa pretende conseguir en el mercado.

Objetivos publicitarios:
Tener en cuenta la intención, es decir, lo que quieren conseguir del público; la medida, que es la proporción del público a alcanzar; y el plazo, que es el periodo de tiempo determinado para conseguir el objetivo.

Presupuesto y plazos:
Determinar los medios económicos con los que va a contar la agencia de publicidad y los plazos para la realización de las acciones publicitarias.
En una estrategia de mercadotecnia hay principalmente cuatro elementos que se interrelacionan con el propósito principal de satisfacer las necesidades de un consumidor meta:
  1. Producto
  2. Precio
  3. Plaza (distribución)
  4. Promoción
Este concepto "didáctico-nemotécnico" es mejor conocido como las 4 p’s de la mercadotecnia. Actualmente los mercadólogos han incluido otros elementos a esta mezcla en donde el mercado y el servicio tienen también un papel importante.
Kotler define al producto como "...cualquier cosa que se ofrezca en un mercado para atención, adquisición, uso o consumo; entre ellos se tienen objetos físicos, servicios, personalidades, lugares, organizaciones e ideas"
De acuerdo al mismo autor, el precio es el único elemento de la mezcla de mercadotecnia que crea ingresos por ventas, los otros tres son los costos.
El precio en mercadotecnia, está en relación directa con el costo del producto al consumidor.
La variable de la distribución tiene que ver con los canales por los que el fabricante hace llegar el producto a los consumidores. Es poco común que el fabricante distribuya su producto directamente al consumidor final por lo que en general utiliza intermediarios de ventas. Las estrategias en torno a las decisiones respecto a los canales de distribución, tienen que ver con esta variable de la mezcla de mercadotecnia.
El último elemento de la mezcla de la mercadotecnia es la promoción.
"La mercadotecnia moderna exige algo más que crear un buen producto, fijar un precio atractivo y hacerlo fácilmente accesible a los clientes... las compañías deben diseñar y diseminar información respecto a la existencia del producto, sus aspectos y términos favorables y cómo éstos beneficiarán al mercado consumidor"
Cuando al hablar de las 4 p’s hablamos de "promoción", en realidad nos referimos a todas los herramientas de la comunicación de la mercadotecnia. A estas herramientas también las conocemos como herramientas de la mezcla promocional o promoinstrumentos.
A la vez, dentro de cada una de las herramientas de comunicación caben numerosas herramientas específicas.

Legislación mercantil y laboral

INTRODUCCIÓN


El presente trabajo se ha realizado con la finalidad de obtener y ampliar los conocimientos acerca del Derecho  en la legislación venezolana. Estudiaremos los siguientes temas tales como: 

-          Noción del Derecho.
-          Derecho.
-          Uso social y el Derecho y su relación.
-          Esquema Piramidal de la aplicación de las leyes.
-          Fuente, Clasificación.
-          Normas Jurídicas, características.
-          Persona, clasificación.
-          Obligaciones, origen, elementos, fuentes.





















Noción de Derecho

Pudiera parecer que la noción de Derecho es una de las ideas definitivamente incorporadas al saber de todo jurista y sobre la cual no debieran caber vacilaciones ni disentimientos, puesto que al Derecho  han dedicado largos estudios no pocos  talentos extraordinarios. Sin embargo, no es así, pues, “todavía andan los juristas buscando la definición de su Derecho”.

Existe, realmente, una dificultad seria para llegar al concepto de Derecho, dificultad que proviene, principalmente, de la riqueza  de su contenido, pues el Derecho en toda su complejidad está ubicado entre los objetivos “culturales”, y por la conexión del Derecho con la filosofía y la sociología.

Sin embargo, a pesar de estás  dificultades, todos tenemos una noción intuitiva de lo que es Derecho, ya que este aparece  como un sistema de normas que, coexistiendo con otras normas diferentes, limitan la libertad del hombre y ordenan su comportamiento en la sociedad con miras a conseguir un orden social indispensable, para su desarrollo y perfeccionamiento.

Derecho

Es la recta ordenación de las relaciones sociales mediante un sistema racional de normas de conducta declaradas obligatorias por la autoridad competente surgidos de la realidad histórica.

Es el conjunto de normas jurídicas que  reglan la vida del  hombre en sociedad, que son impuestas por un organismo superior que es el estado o la sociedad y cuya inobservancia acarrea una sanción. Limitan y ordenan su comportamiento con el objeto de conseguir un orden indispensable para su desarrollo y perfeccionamiento.

Hablamos de Normas Jurídicas para diferenciarlas de otras regulan la vida social del hombre y sin embargo no son normas de Derecho.

Ejemplo:

-          Las normas Legales.
-          Las normas Religiosas.

Uso Social y el Derecho.

Los usos  sociales son un elemento ordenador que no puede estar ausente del sistema social de vida. Los usos cumplen, dentro del sistema de la normatividad social, una misión importante y necesaria, puesto que si su acción falla (las buenas costumbres), entonces la vida social se deteriora progresivamente, adquiriendo tonos cada vez más agrios e incómodos.

Relación entre ellos

-Punto de vista histórico:

La actual yuxtaposición de distintos códigos de normas de la sociedad es el resultado de una larga evolución histórica que, partiendo de la inicial ética indiferenciada, ha avanzado al paso del desarrollo de la complejidad social. En un principio, lo que se exigía del miembro de la sociedad era  simplemente la adaptación a los comportamientos practicados  tradicionalmente en el grupo, y cuando alguien infligía las normas de lo socialmente válido (lo políticamente correcto, en terminología actual), se producía en el circulo afectado una simple desaprobación sentimental.  Así que , dentro de la perspectiva histórica, el Derecho y los usos sociales aparecen como dos partes o sectores de la normatividad global que rige la vida de los hombres dentro de la sociedad. Son, pues, dos bloques complementarios de la ética social.
-Punto de vista sistemático:

Desde el punto de vista sistemático, la relación del Derecho con los usos sociales se presenta  bajo  múltiples formas y avanza en direcciones bastante dispares. Así, se da , en primer lugar, entre ambos una parcial coincidencia de regulación, tanto material como formal, puesto que, con frecuencia, Derecho y Usos sociales, no sólo regulan simultáneamente unas mismas relaciones o comportamientos, sino que los regulan también en un mismo sentido. Seda también una relación de complementación o remisión, no sólo general e implícita, sino también particular y explicita.

Esquema Piramidal respecto a las leyes

-          Constitución Nacional: 

Texto súper  legal, del cual se origina el reto de las normas legales. Biblia de todas las normas.

-          Leyes Constitucionales:

Son emanadas de la Asamblea  en sesión de sus dos cámaras: sólo rige una materia en especial; en esto radica su diferencia respecto a la Ley formal.

Ocupa un lugar jerárquico más elevado que las leyes ordinarias.  Son como una categoría especial de leyes intermedia entre la Constitución y las leyes ordinarias.

Son como una categoría especial de leyes intermedia entre la Constitución y las leyes ordinarias.


Ejemplo:

            Ley Orgánica de Educación, ley Orgánica de sufragio. En caso de colisión entre la Ley Orgánica y la Ley formal priva la primera.

-          Ley Ordinaria :

Son leyes sancionadas por la Asamblea Nacional. Ley Habilitante, Ley Especial.

-          Códigos:

Agrupación sistemática de leyes vigentes en un texto organizado. Ejemplo.  Código de comercio, código penal.

-          Decretos – Ley:

Son decretos dictado0s por el Poder Ejecutivo con una tuerza obligatoria igual a una ley. Ejemplo:  Art. 190 ordinal 8º: de la Constitución – Nacional “Son atribuciones y deberes del Presidente de la República”.

Ordinal 8º. “Dictar medidas extraordinarias en materia económica o financiera cuando así lo requiera el interés público y haya sido autorizado para ello por la ley especial”.

-          Tratados Internacionales:

Son acuerdos o convenidos celebrados entre Estados, o entre éstos y organismos internacionales. Para que tengan fuerza obligatoria en Venezuela requieren:

- Que   haya sido celebrado por el Presidente de la República a través del Ministerio de Relaciones Exteriores.

- Que hayan sido aprobados por el Congreso Nacional a través de una Ley Especial.

-          Reglamentos:

Son decretos emanados del poder Ejecutivo de acuerdo a lo previsto en el Art. 190 Ordinal Décimo de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que faculta el presidente de la  república para reglamentar total o parcialmente una ley, sin alterar su espíritu, propósito y razón.

-          Resoluciones Ministeriales:

            Son disposiciones o decisiones emanadas de un despacho ministerial, cuyo objetivo es permitir la mayor aplicación e implementación de normas legales de mayor jerarquía.

-          Ordenanzas municipales:

Disposiciones o decisiones emanadas del Poder Municipal, cuya fuerza obligatoria queda limitada a los habitantes del territorio representados en un consejo municipal.

c.- Importancia:

            En caso de colisión de Leyes, priva la Ley de rango superior o de mayor jerarquía.

            La Ley es obligatoria para todos los que se encuentran dentro del territorio de la República. Y es obligatoria desde que entra en vigencia.


d.- Vigencia de la Ley:

            La Ley entra en vigencia desde el momento de su publicación en la Gaceta Oficial (Vigencia inmediata) o en fecha posterior que ella misma indique. (Vigencia diferida).

Fuente

Son los actos hechos de los que deriva la creación, modificación o extracción de normas jurídicas.
           
En el lenguaje vulgar FUENTE es el lugar de donde brotan las aguas. El derecho lo toma y define sus fuentes como lugar de donde brota el conocimiento jurídico, como principio, fundamento u origen de las normas jurídicas y en especial del Derecho positivo vigente en determinado  país o época.

Clasificación de la Fuente en la Legislación venezolana

Directa------------------------La Ley
Creadora de Normas Jurídicas.

Es una fuente directa del Derecho en los ordenamientos estatales modernos.

Indirectas--------------------Costumbres, jurisprudencia, doctrina.

Indirectas  son llamadas fuentes reconocidas y fuentes delegadas ( son los reglamentos y los actos contractuales celebrados por los particulares)

La costumbre es un típico caso de fuente indirecta reconocida  cuando el legislador acoge las normas elaboradas.

Normas Jurídicas

Son aquellas  disposiciones que el poder público por medio de sus órganos legislativos señala como obligatorias a la obediencia general y en caso de violación acarrea la imposición de una sanción.

Características de las Normas Jurídicas

La norma jurídica presenta diversos caracteres propios que hacen diferente de las demás reglas de conducta. Mencionaremos como exclusivas de las normas jurídicas  a la:

ü  La Bilateralidad:

Es  decir la norma jurídica crea deberes y derechos. La norma jurídica no es sólo un imperativo de la conducta, no solo impone en una persona el deber de actuar en una cierta forma, sino que al propio tiempo, autoriza a otra persona par  que  pueda exigir del obligado el incumplimiento del deber.

ü  la Coercibilidad:

La coercibilidad no significa que en caso de incumplimiento de la norma jurídica sobrevenga necesariamente un acto coactivo. No puede significar eso, porque en muchísimas oportunidades se da el caso de que es violado el deber impuesto por la norma y no sobreviene la sanción.

La coercibilidad, significa algo diferente, quiere decir, “sanción en potencia”. A través de este carácter se expresa que en caso de violación del deber impuesto por la norma  jurídica debe sobrevenir una sanción por parte del órgano competente del estado.

Persona

Etimológicamente se deriva de la voz latina “Personae” que significa resonancia, sonar más y con la cual se designa a las mascaras usadas por los actores. “Persona” identificándose con ellas a los actores.

Jurídicamente persona es todos ente capaz de tener deberes y derechos jurídicos.

Clasificación  de Persona

Las personas se pueden clasificar o dividir en dos grupos:

1.-Personas Naturales:

            (También llamadas personas físicas, individuales o concretas) ; todo ente o individuo de la especie humana. Según nuestro ordenamiento jurídico, basta con nacer vivo para ser considerado como “persona” y adquirir, por tanto “persona jurídica”. Sin embargo, según el Art. 17 del Código Civil “el feto se tendrá” como nacido cuando se trate de su bien.

2.- Personas Jurídicas:

            (También llamadas jurídicas en sentido estricto, colectivas o abstractas.) Todo ente capaz de tener deberes y derechos jurídicos y que no sea individuo de la especie humana. Se subdivide en:

1.1.- Personas Jurídica de Derecho Público:

La nación (término asimilable al de “Estado” y “Fisco Nacional” ). Las entidades que componen la nación (Estados y Municipios).

Las iglesias de cualquier credo (no existe un culto oficial; sin embargo, las religiones no católicas necesitan ser  reconocidas    previamente por el Estado, a través del Poder Ejecutivo). Venezuela tiene un tratado con la Santa sede.

Las Universidades  (Las universidades privadas para su, funcionamiento requieren la previa aprobación del Ministerio del Poder Popular para la  Educación, dado que para el momento en que se crearon sólo existía la U.C.V.).

Demás seres o cuerpos morales de carácter público. Ejemplo. Los institutos autónomos.

1.2.- Personas Jurídicas de Derecho Privado:

Son consideradas personas y adquieren, por tanto su personalidad jurídica, al momento de inscribir su  Acta Constitutiva en una Oficina de Registro Público Mercantil.
Se dividen en:

-          Las personas de tipo Fundacional:

            Se caracterizan por ser un conjunto de bienes atribuidos exclusiva y permanentemente a la consecución de un fin.




-          Las personas de tipo Asociativo:
(Asociaciones en sentido amplio)

            Se caracterizan por ser un conjunto de personas que persiguen un fin común para cuya consecución destinan determinados bienes de manera exclusiva y permanente.

Existen tres clases de personas:

1.- Las Corporaciones:

            Se caracterizan porque son mandadas a crear o reconocidas por una ley especial que regula su funcionamiento y porque en ellas predominan intereses colectivos sobre intereses individuales.
Ejemplo : 
Los colegios profesionales (de abogados, médicos, etc).

2.- Las Sociedades:

            Se caracterizan por ser personas de Derecho privado cuyos miembros persiguen  un fin de lucro para ellos mismos.

3.- Las Asociaciones propiamente dichas:

            Son las demás personas de Derecho privado cuyos miembros no persignan un fin de lucro para ellos mismos (aunque el ente puede realizar operaciones lucrativas).

Ejemplo: Club de ajedrez.



Obligaciones

Puede definirse  la obligación como un vinculo jurídico en virtud del cual una persona, denominada deudor, se  compromete frente a otra, denominada acreedor, a ejecutar en su beneficio una determinada  prestación de dar, hacer no hacer, valorable en dinero; la cual, en caso de no ser cumplida por el deudor, compromete a éste a responder con su patrimonio.

Origen de las Obligaciones

La expulsión obligación proviene del latín obligatorio, compuesta  de Ob. (Por causa de, alrededor de) y legado (ligo, ligar, ligare, que significa atar, ligar). Obligare significa atar alrededor de etimológicamente, su significado está estrechamente ligado al concepto de atadura, ligamen o compromiso.

Elemento de las Obligaciones

a.- Elemento Subjetivo: 

Compuesto por los sujetos o personas de la relación obligatoria, acreedor (sujeto activo).

Acreedor:  persona en beneficio de la cual el deudor va a realizar la conducta a que se ha comprometido.

Deudor: persona que se compromete a realizar una determinada actividad (prestación) a favor del acreedor.

b.- Elemento Objetivo: 

            Compuesto por diversas prestaciones, o sea, las diversas conductas que el deudor se compromete a efectuar en beneficio del acreedor  y que pueden consistir en prestaciones de dar, hacer o de no hacer .
            Prestaciones de dar:  transmisión de la propiedad u otro derecho real.

            Prestaciones de hacer:  son todas aquellas actuaciones del deudor que constituyen una actividad personal del deudor, no implica transmisión de propiedad.

            Prestaciones de no hacer:  son aquellos que consisten en una abstención del deudor, ósea el deudor se compromete a no efectuar la actividad.

c.- Elemento propiamente jurídico:

            Es el vinculo, relación jurídica que enloza a las personas  o sujetos de la obligación. El vinculo es un elemento esencial de la nación de obligación y explicar la sujeción del deudor a la necesidad de cumplir al acreedor la actividad que se ha comprometido.

Fuente de las Obligaciones


Son todos aquellos hechos o actos de la vida real que enfocados desde un punto de vista jurídico son susceptibles de producir obligaciones constituyentes, las fuentes de las obligaciones. Todo hecho del hombre capaz de producir obligaciones es una fuente de obligación.









CONCLUSIONES

Luego de la realización de este trabajo podemos conocer la amplitud en cuanto a contenido que tiene el Derecho.
El  Derecho es el orden normativo e institucional de la conducta humana en sociedad inspirado en postulados de justicia, cuya base son las relaciones sociales existentes que determinan su contenido y carácter. En otras palabras, es el conjunto de normas que regulan la convivencia social y permiten resolver los conflictos interpersonales.
El Derecho, como toda  ciencia, tiene como propio objeto de estudio y en este caso lo constituye el Derecho Positivo, que es  el derecho que efectivamente se cumple en una determinada sociedad y en cierta época. El ordenamiento jurídico es la colección o cuerpo de leyes que integran el derecho positivo de una nación.

Marco legal que rige el Sistema Financiero Nacional

INTRODUCCIÓN

El régimen legal financiero  nacional se encuentra enmarcado unas de las principales disposiciones legales que son:
  • Ley de Bancos y otras Entidades Financieras:
  • Ley del Banco Central de Venezuela.
  • Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
  • Ley de Psicotrópicos.
Dentro de esta normatividad, se rigen las actividades de intermediación financiera, de servicios auxiliares financieros, entidades calificadoras de riesgo, sociedades de titularización, sociedades administradoras de diferentes fondos de inversión y otras entidades de servicios financieros, las mismas que solo podrán ser realizadas por entidades financieras autorizadas por la Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras y por la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros.









-      Sistema Financiero:
Es el conjunto de instituciones o intermediarios financieros, relacionados entre si directa ó  indirectamente, que recogen el ahorro  transitoriamente ocioso y se lo ofrecen a los demandantes de crédito.
-      Marco Legal del Sistema Monetario Nacional:
Está compuesto por:
1.- Ley de Bancos y Otras  instituciones Financieras:
Está ley define y regula el funcionamiento de los bancos y demás  instituciones financieras que tienen su asiento principal en el país, sin menoscabo de que  puedan  tener representaciones en el extranjero. En el art. 2 establece las siguientes atribuciones sobre:
-      Estudiar las condiciones bancarias y económicas del país enviar información con sus conclusiones y recomendaciones a la superintendencia de bancos y al banco central de Venezuela.
-      Responder las consultas que le haga la superintendencia de banco y el banco central de Venezuela.
-      Estudiar, coordinar y mejorar las prácticas bancarias y velar por su observación.
-      Estudiar para su  cabal ejecución, las disposiciones y medidas que dicten el ejecutivo nacional.
·         Art.235. Le proporciona  una mayor autonomía a la superintendencia de banco (SUDEBAN), ya que le proporciona autonomía y competencia de promulgar normas para su mejor funcionamiento.
2.- Banco Central de Venezuela.
- Art. 122. Los bancos y demás instituciones financieras que infrinjan las resoluciones del Banco Central de Venezuela, en materia de tasas de interés serán sancionados con el (1%), de su capital pagado y reservas, ó con (0,5%), por no suministrar oportunamente los  informes  sobre su estado financiero o cualquiera de sus operaciones, y su se llegara a demostrar la falsedad de la información, pueden ser sancionados hasta por un (1%) adicional.
- Art. 124. Quienes, sin el cumplimiento de las regulaciones dictadas por el Banco Central de Venezuela, realicen  operaciones de importación  o comercio de  moneda venezolana o extranjera de curso legal en sus  respectivos países serán sancionados con multas equivalentes al valor respectivo de la operación realizada. El dinero objeto de dicha  ilicitud serán decomisadas.
3.-Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
- Art. 318. Las competencias monetarias del poder nacional serán ejercidas de manera exclusiva y obligatoria  por el Banco Central de Venezuela, su objeto fundamental es lograr la estabilidad de precios y preservar el valor interno y externo de la unidad monetaria. BCV ejercerá   sus  funciones  en coordinación  con la  política  económica  general.
­- Art.319. El Banco Central de Venezuela se regirá por el principio de responsabilidad pública, a cuyo efecto rendirá cuenta de las actuaciones, metas y resultados de sus  políticas ante la asamblea Nacional.
3.- Ley de Psicotrópicos.
- Art. 4. El que depositare, convirtiere o transfiere fondos, bienes o derechos relacionados que procedan  directa o indirectamente de actividades delictivas, para ocultar o encubrir su origen ilícito, o ayudar a eludir las  consecuencias jurídicas de sus actos a quien haya participado en la Comisión  de dichas actividades delictivas, será sancionado con  prisión de cinco  a quince  años y multas de cincuenta a dos mil quinientos salarios  mínimos  mensuales  vigentes para el comercio, industria y servicios al momento que se dicta la sentencia correspondiente.
- Art. 5. Para  los  efectos  penales  se  consideran  también lavado de dinero y de activos, y serán sancionados con prisión de ocho a doce años y multa a dos mil quinientos salarios mínimos mensuales, computados conforme a lo establecido en el artículo anterior, los hechos siguientes:
- Ocultar o disfrazas en cualquier forma la naturaleza , el origen, la ubicación, el destino, el movimiento o la propiedad aparentemente legal de fondos, bienes o derechos relativos a ellos, que proceden directa o indirectamente de actividades delictivas; y,
- Adquirir, poseer y utilizar fondos, bienes o derechos relacionados con los mismos, sabiendo que derivan  de actividades  delictivas con la finalidad de legitimarlas.
- Art. 7. Para los efectos de esta ley se consideran encubridores:
- Los que sin concierto previo con los autores o participes del delito de lavado de dinero y de activo, oculten, adquieren o recibieren dinero, valores u otros bienes y no informen a la autoridad correspondiente, inmediatamente después de conocer su origen, o impidieren el decomiso de dinero u otros bienes que provengan de tal actividad delictiva;
- Los que sin concierto previo con los autores o participes, ayuden a eludir las investigaciones de la autoridad o a sustraerse a la acción de ésta;
- Los superintendente y demás funcionarios o empleados de los organismos encargados de fiscalizar o supervisar, que no comuniquen inmediatamente u obstaculicen el conocimiento a la fiscalía general de la República, de la información que les remitan las entidades bajo su control;
- Quienes con  conocimiento hayan intervenido como otorgantes en cualquier tipo de contrato simulado, de  enajenación, mera tenencia o inversión , por medio de la cual se encubra la naturaleza , origen, ubicación, destino o circulación de las ganancias, valores o demás bienes provenientes de hechos delictivos tal como se especifica en el art. 4, de esta ley.
-Art. 8. En los casos del  artículo anterior, si el encubrimiento se predijere por negligencia o ignorancia inexcusable en las atribuciones de los funcionarios  o empleados de las instituciones  a que se refiere el art. 2 de esta ley, o de los organismos fiscalizadores o de supervisión en que se produce, la sanción será de dos a cuatro años.
- Art. 13. Las instituciones, deben controlar las transacciones que realicen sus usuarios, que sobrepase las  cantidades  establecidas y las condiciones indicadas en el Art. 9, inciso 1º de esta ley: Para llevar el control indicado, las instituciones dispondrán  de un formulario en el cual consignarán los datos pertinentes para identificar a sus usuarios y que deberá contener:
- La identificación de la persona que realiza físicamente la transacción, anotando su nombre completo, fecha de nacimiento, nacionalidad, domicilio y residencia, profesión u oficio, estado  familiar, documento de identidad presentado y su firma;
- La identificación de la persona a cuyo nombre se realiza la transacción, expresándose los datos indicados en el literal anterior;
- La identificación de la persona beneficiaria o destinataria de la transacción, si la hubiere, la cual contendrá similar información a la señalada en el primer literal;
Las instituciones remitirán este formulario a los organismos de fiscalización o supervisión correspondiente, cuando considere la existencia de una transacción sospechosa y copias de los informes presentados bajo este artículo, serán transmitidos simultáneamente a la UIF, tal como se establece en esta ley o por medio de este artículo.
-      Art.14. Las instituciones, designaran funcionarios encargados de velar por el mantenimiento y actualización de registros y formularios indicados en esta ley. Todos los registros e informes requeridos por esta ley pueden ser guardados y transmitidos en papel o en forma electrónica.
ü  Banca o sistema bancario:
Es un conjunto de instituciones que permiten el desarrollo de todas aquellas transacciones entre personas, empresas y organizaciones que impliquen el uso de dinero. Dentro del sistema bancario podemos distinguir entre banca pública y banca privada que, a su vez, puede ser comercial, industrial o de negocios y mixta. La banca privada comercial se ocupa sobre todo de facilitar créditos a individuos privados. La industrial o de negocios invierte sus activos en empresas industriales, adquiriéndolas y dirigiéndolas. La banca privada mixta combina ambos tipos de actividades. En el siglo XIX fueron muy comunes los bancos industriales, aunque éstos han ido perdiendo fuerza a lo largo del siglo XX en favor de la banca mixta. Dentro de la banca pública debemos destacar, en primer lugar, el banco emisor o banco central, que tiene el monopolio de emisión de dinero y suele pertenecer al Estado.
Características del sistema bancario
El principal papel de un banco consiste en guardar fondos ajenos en forma de depósitos, así como el de proporcionar cajas de seguridad, operaciones denominadas de pasivo. Por la salvaguarda de estos fondos, los bancos cobran una serie de comisiones, que también se aplican a los distintos servicios que los bancos modernos ofrecen a sus clientes en un marco cada vez más competitivo: tarjetas de crédito, posibilidad de descubierto, banco telefónico, entre otros. Sin embargo, puesto que el banco puede disponer del ahorro del depositante, remunera a este último mediante el pago de un interés. Podemos distinguir varios tipos de depósitos. En primer lugar, los depósitos pueden materializarse en las denominadas cuentas corrientes: el cliente cede al banco unas determinadas cantidades para que éste las guarde, pudiendo disponer de ellas en cualquier momento. Tiempo atrás, hasta adquirir carácter histórico, este tipo de depósitos no estaban remunerados, pero la creciente competencia entre bancos ha hecho que esta tendencia haya cambiado de forma drástica en todos los países occidentales. En segundo lugar, los bancos ofrecen cuentas de ahorro, que también son depósitos a la vista, es decir, que se puede disponer de ellos en cualquier momento. Los depósitos y reintegros se realizan y quedan registrados a través de una cartilla de ahorro, que tiene carácter de documento financiero. La disponibilidad de este tipo de depósitos es menor que la de las cuentas corrientes puesto que obligan a recurrir a la entidad bancaria para disponer de los fondos, mientras que las cuentas corrientes permiten la disposición de fondos mediante la utilización de cheques y tarjetas de crédito. En tercer lugar hay que mencionar las denominadas cuentas a plazo fijo, en las que no existe una libre disposición de fondos, sino que éstos se recuperan a la fecha de vencimiento aunque, en la práctica, se puede disponer de estos fondos antes de la fecha prefijada, pero con una penalización (la remuneración del fondo es menor que en el caso de esperar a la fecha de vencimiento). En cuarto lugar, existen los denominados certificados de depósito, instrumentos financieros muy parecidos a los depósitos o cuentas a plazo fijo; la principal diferencia viene dada por cómo se documentan. Los certificados se realizan a través de un documento escrito intercambiable, es decir, cuya propiedad se puede transferir. Por último, dentro de los distintos tipos de depósitos, los depósitos de ahorro vinculado son cuentas remuneradas relacionadas con operaciones bancarias de activo (es el caso de una cuenta vivienda: las cantidades depositadas deben utilizarse para un fin concreto, como es el caso de la adquisición de vivienda en nuestro ejemplo).
Las funciones del banco central
La principal institución financiera en una economía de mercado es el banco central. Los bancos centrales suelen depender y ser propiedad de los estados, pero incluso en los países en que dependen de bancos privados (como en Estados Unidos o Italia) los objetivos del banco central favorecen el interés nacional. La mayoría de los bancos centrales asumen las siguientes funciones: actúan como banco del Estado, banco de bancos, reguladores del sistema monetario tanto en lo que concierne a los objetivos de política económica interna como externa, y son bancos emisores. Como banco del Estado, el banco central cobra y paga los ingresos y gastos del gobierno, gestiona y amortiza la deuda pública, asesora al gobierno sobre sus actividades financieras y efectúa préstamos al gobierno (esto último ha sido prohibido en España tras la reforma del estatuto del Banco de España). Como banco de bancos, el banco central mantiene en sus cajas un porcentaje de los depósitos que poseen los bancos privados, vigila las operaciones de éstos, actúa como institución crediticia en última instancia y proporciona servicios técnicos y de asesoría. Lleva a cabo la política monetaria tanto nacional como exterior y, en muchos países, es el banco central el que diseña esta política, de forma independiente del gobierno, sirviéndose de toda una gama de controles directos e indirectos sobre las instituciones financieras. Las monedas y los billetes que circulan como moneda nacional suelen representar los pasivos del banco central.
ü  El banco central
Es la entidad responsable de la política monetaria de un país, o de un grupo de ellos.
Funciones
El banco central posee dos funciones muy importantes dentro del sistema económico de un país. La primera es preservar el valor de la moneda y mantener la estabilidad de precios, para ello su principal herramienta es el manejo de las tasas de interés. Cuando se utilizaba el patrón oro, el valor de los billetes emitidos por los bancos centrales estaba expresado en términos del contenido de ese metal, o eventualmente de algún otro, que el banco trataba de mantener en ciertos niveles a través del tiempo.
La segunda es mantener la estabilidad del sistema financiero, ya que el banco central es el banco de los bancos, sus clientes no son personas comunes y corrientes o empresas particulares, sino el Estado y los bancos existentes dentro del territorio de la nación a la cual pertenece. El banco central toma los depósitos de sus clientes y los guarda en cuentas que éstos tienen en él. Con dichas cuentas los clientes realizan transacciones con otros bancos (al igual que un particular en un banco comercial utiliza su cuenta para realizar transacciones con otro particular). A su vez, el banco central también otorga préstamos a bancos que los soliciten, o a otros Estados.
El  banco  central  se constituyen en:
  • Custodios y administradores de las reservas de oro y divisas;
  • Agentes financieros de los gobiernos nacionales;
  • Responsables de las políticas monetarias;
  • Prestamistas de última instancia (bancos de bancos);
  • Proveedores de dinero de curso legal;
  • Superintendentes de entidades financieras;
  • Ejecutores de políticas cambiarias.
ü  Política Monetaria:
Es una política económica que usa la cantidad de dinero como variable de control para asegurar y mantener la estabilidad económica. Para ello, las autoridades monetarias usan mecanismos como la variación del tipo de interés, y participan en el mercado de dinero.  Cuando se aplica para aumentar la cantidad de dinero, se le llama política monetaria expansiva, y cuando se aplica para reducirla, política monetaria restrictiva.
Objetivos finales de la política monetaria
Tipos de política monetaria
Puede ser expansiva o restrictiva:
  • Política monetaria expansiva: cuando el objetivo es poner más dinero en circulación.
  • Política monetaria restrictiva: cuando el objetivo es quitar dinero del mercado.
Política monetaria expansiva
Cuando en el mercado hay poco, dinero en circulación, se puede aplicar una política monetaria expansiva para aumentar la cantidad de dinero. Ésta consistiría en usar alguno de los siguientes mecanismos:
  • Reducir la tasa de interés, para hacer más atractivos los préstamos bancarios.
  • Reducir el coeficiente de caja (encaje bancario), para poder prestar más dinero.
  • Comprar deuda pública, para aportar dinero al mercado.
Política monetaria Restrictiva
Cuando en el mercado hay mucho dinero en circulación, interesa reducir la cantidad de dinero, y para ello se puede aplicar una política monetaria restrictiva. Consiste en lo contrario que la expansiva:
  • Aumentar la tasa de interés, para que pedir un préstamo sea más caro.
  • Aumentar el coeficiente de caja (encaje bancario), para dejar más dinero en el banco y menos en circulación.
  • Vender deuda pública, para quitar dinero del mercado cambiándolo por títulos.
ü  La banca  o sistema bancario
Es el conjunto de instituciones que permiten el desarrollo de todas aquellas transacciones entre personas, empresas y organizaciones que impliquen el uso de dinero.  Esta se clasifica en pública y privada, estas instituciones reciben depósitos en dinero, otorgan créditos y prestan otros servicios. Tratan de cubrir todas las necesidades financieras de la economía de un país. Durante el siguiente trabajo de investigación estaremos desarrollando las diferentes características de los bancos y otras instituciones financieras, ahondando en conceptos genéricos hasta llegar a las disposiciones legales establecidas y vigentes en Venezuela.  Las operaciones bancarias son todas aquellas practicadas por un banco de manera profesional, como eslabón de una serie de operaciones activas y pasivas similares.  Esta se clasifica en activa, pasiva y neutras, otro punto de suma importancia para la economía de un país es la Bolsa de Valores, su definición, historia, funciones, importancia, se describirán las principales bolsas del mundo y de Venezuela, La bolsa de Valores de Caracas, sus bases teóricas y legales, la ley de mercado de capitales, objetivos y obligaciones, bases jurídicas. Todas estas piezas indispensables y determinantes para el estudio del desarrollo y control de la economía de un país, de sus diferentes sectores comerciales y perspectivas futuras, estos indicadores de los niveles de crecimiento del mercado general. Por ultimo se estudiaran los portafolios de inversión mas atractivos en la actualidad, el índice de desarrollo humano y su importancia como diagnostico de una nación y de su sociedad, se explicaran las índices Nasdaq  el cual se trata de una estructura virtual que permite la compra venta de acciones y activos financieros a través de computadores. es un índice accionario que recoge a los títulos valores, del sector tecnológico, inscritos en la Bolsa de Valores de Nueva York (NYSE). y el Dow Jones por su parte cuenta con tres promedios diferentes: el Industrial, el de Transporte y el de Utilidades, y cada uno mide el desempeño de diferentes sectores empresariales. El objeto es orientar al lector sobre los principales indicadores e índices económicos, permitiendo esto identificar y comprender el estado actual de la economía haciendo énfasis en el territorio venezolano, su banca, Bolsa de valores, desarrollo humano, sembrando cultura regional e integrando el conocimiento bursátil a cada espacio de las vidas de los ciudadanos, manteniendo viva la esperanza de la unión de los habitantes hacia un fin común y germinando ideas para el crecimiento desde la base de cada persona hasta el despegue general de la economía de nuestro país, derrumbando paradigmas y traspasando fronteras que intenten frenar los sueños de un país, nuestro país.
ü  Sistema Bancario (Banca):
El sistema bancario de un país es el conjunto de instituciones y organizaciones públicas y privadas que se dedican al ejercicio de la banca y todas las funciones que son inherentes.  Banca o sistema bancario, conjunto de instituciones que permiten el desarrollo de todas aquellas transacciones entre personas, empresas y organizaciones que impliquen el uso de dinero.
          Dentro del sistema bancario podemos distinguir entre banca pública y banca privada que, a su vez, puede ser comercial, industrial o de negocios y mixta. La banca privada comercial se ocupa sobre todo de facilitar créditos a individuos privados. La industrial o de negocios invierte sus activos en empresas industriales, adquiriéndolas y dirigiéndolas. La banca privada mixta combina ambos tipos de actividades.
Los bancos son instituciones públicas o privadas que realizan actos de intermediación profesional entre los dueños de dinero y capital y los usuarios de dicho dinero y capital. Es decir, los bancos actúan en el mercado de dinero y capitales.
Algunas de las funciones de los bancos son:

·         Recibir depósitos en dinero del público en general.

·         Otorgar créditos a corto y largo plazo.

·        
Manejar cuentas de cheques, de ahorro, de tarjetas de crédito (y lo relacionado con ellas) etc.
·         Recibir depósitos de los siguientes documentos: certificados financieros, certificados de depósito bancario, etc.

           En el funcionamiento los clientes depositan su dinero en las instituciones bancarias y adquieren un derecho a pedir al banco cierto tipo de cuenta (cheques, a corto plazo, a largo plazo, tarjeta de crédito etc.). El banco por su parte adquiere una obligación con los depositantes, pero también el derecho de utilizar esos de depósitos en la forma que más conveniente.
Instituciones bancarias:
         En un sistema bancario existen diferentes tipos de bancos que tratan de cubrir todas las necesidades financieras de la economía de un país.
Según el sector social:
- Bancos públicos: Son organismos creados por el gobierno federal con el objetivo de atender las necesidades de crédito de algunas actividades que se consideren básicas para el desarrollo de la economía de un país.
- Bancos privados: Son también llamados bancos comerciales y son instituciones cuya principal función es la intermediación habitual que efectúan en forma masiva y profesional el uso del crédito y en actividades de banca.
- Bancos Mixtos: Actúan como bancos comerciales en la intermediación profesional del uso del crédito y actividades ligadas al ejercicio de la banca.
- Bancos de Ahorro: Son aquellas instituciones cuya función principal es recibir depósitos de ahorro del público.
- Bancos de depósito:: Son aquellas instituciones cuya función principal es la de recibir del público en general depósitos bancarios de dinero retirables a la vista mediante la expedición de cheques a su cargo.
- Bancos Financieros: También conocidos como bancos de inversión, son los que tienen la finalidad principal de atender necesidades de financiamiento a largo plazo del sector productivo de la economía.
- Bancos de capitalización:: Instituciones cuya función principal es la colocación de capitales mediante contratos que celebra con el público por medio de títulos públicos de capitalización.
Características del sistema bancario

            El principal papel de un banco consiste en guardar fondos ajenos en forma de depósitos, así como el de proporcionar cajas de seguridad, operaciones denominadas de pasivo. Por la salvaguarda de estos fondos, los bancos cobran una serie de comisiones, que también se aplican a los distintos servicios que los bancos modernos ofrecen a sus clientes en un marco cada vez más competitivo: tarjetas de crédito, posibilidad de descubierto, banco telefónico, entre otros. Sin embargo, puesto que el banco puede disponer del ahorro del depositante, remunera a este último mediante el pago de un interés. Podemos distinguir varios tipos de depósitos. En primer lugar, los depósitos pueden materializarse en las denominadas cuentas corrientes: el cliente cede al banco unas determinadas cantidades para que éste las guarde, pudiendo disponer de ellas en cualquier momento. Tiempo atrás, hasta adquirir carácter histórico, este tipo de depósitos no estaban remunerados, pero la creciente competencia entre bancos ha hecho que esta tendencia haya cambiado de forma drástica en todos los países occidentales.
Instrumentos del Sistema Bancario:
·         El cobro de intereses es el pago de los deudores o cuentahabientes por un interés a un préstamo.
·         Recibir dinero de ahorradores. Como sabemos la mayor parte del dinero de los bancos viene por los depósitos de los ahorradores.
·         El encaje legal es un depósito que los bancos tenían la obligación de entregar al banco central para que éste pudiera asegurara la existencia de fondos en efectivo a los bancos comerciantes, de tal manera que estos últimos pudieran enfrentar, cuando se necesitara, el retiro de grandes volúmenes de efectivo por parte de los cuentahabientes.
·         El coeficiente de liquidez del banco viene dado por el porcentaje de activos líquidos sobre pasivos; para un banco, éste estará determinado por la proporción de activos en efectivo sobre el total de activos, y a veces está sujeto a la regulación gubernamental. grado de disponibilidad con la que los diferentes activos pueden convertirse en dinero (el medio de pago más líquido de todos los existentes).
·         La oferta de dinero es un instrumento básico -también lo es de la política económica- y es lo que un gobierno ejerce sobre el control de la creación de créditos y de dinero por el sistema bancario, a través de su sistema de finanzas.

Objetivos del Sistema Banca

·         Controlar las tasas de interés bancarias.
·         Emisión y control de dinero, bonos, divisas y otros títulos de valor.
·          Prestarse como fondo de apoyo a la economía de un país.
·          Poner en circulación los signos monetarios.
·          Poner fijas las tasas de interés de las instituciones bancarias de acuerdo a sus necesidades.